Entidades que pueden adherirse al registro compartido
La adhesión está pensada para mesas OTC y entidades financieras que ya operan con inversores institucionales y que hoy repiten la validación de atributos en cada plaza donde abren cuenta. No es un catálogo de funciones ni un producto cerrado: es una decisión de gobernanza que cada entidad toma con sus propias reglas de cumplimiento sobre la mesa.
Antes de firmar la adhesión conviene tener claro qué se comparte y qué no. Cada miembro conserva su criterio local: define qué atributos exige antes de operar, con qué evidencia los respalda y bajo qué umbrales internos acepta una contraparte. Lo que cambia es el punto de partida. En lugar de arrancar de cero con cada inversor que ya fue validado en otra entidad adherida, la mesa puede consumir la credencial emitida y confirmar el atributo sin volver a pedir los documentos de origen.
El aporte es simétrico. La entidad que valida a un inversor según sus propias reglas emite la credencial correspondiente y la pone a disposición del resto. Ese intercambio es lo que sostiene el registro: sin emisión no hay nada que consumir, y sin consumo la emisión no tiene destinatario. Las condiciones de admisión, emisión, revocación y resolución de disputas quedan fijadas en el estatuto de gobernanza, que se acepta como parte de la adhesión.
Mesas OTC con operación institucional
Mesas que ya negocian con contrapartes institucionales y que necesitan reducir el tiempo de alta cuando el mismo inversor aparece en una plaza distinta. El requisito práctico es tener un proceso de validación propio que pueda traducirse en credenciales emitidas.
Entidades financieras con debida diligencia activa
Bancos y entidades reguladas que realizan debida diligencia de forma continua y quieren reconocer atributos ya confirmados por otro miembro. La entidad mantiene su marco local: la credencial informa, no reemplaza el análisis propio.
Gestores de fondos y custodios
Perfiles que actúan como contraparte o depositario y que necesitan verificar la condición de inversor calificado sin recibir el detalle patrimonial. La credencial confirma el atributo; el documento que lo respalda permanece en la entidad emisora.
Compromisos que asume cada miembro
Aceptar el estatuto de gobernanza, emitir credenciales para los inversores que valida y respetar las reglas de revocación cuando un atributo deja de ser válido. La adhesión no transfiere responsabilidad regulatoria entre entidades.
Lo que la adhesión no garantiza
No asegura que una credencial sea aceptada en otra jurisdicción ni elimina la debida diligencia local. El reconocimiento entre plazas exige mapear equivalencias regulatorias y admitir cuándo una credencial local no alcanza.